Los médicos y enfermeras que pertenecen al Sistema Nacional de Salud ya podrán negarse a participar en la práctica de abortos debido a que el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley General de Salud, con lo que deja en libertad al personal médico de ejercer la objeción de conciencia.

El Pleno avaló el documento en lo general con 313 votos a favor por parte de legisladores de las bancadas del PRI, PAN, PVEM y PES, mientras que 105 que pertenecen al PRD, Morena, MC y Nueva Alianza votaron en contra y 26 diputados pertenecientes al PRI, PRD, Morena y MC se abstuvieron.

El dictamen adiciona un artículo 10 Bis a la Ley General de Salud y surgió de una iniciativa que la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido Encuentro Social (PES) presentó desde el 4 de noviembre de 2015, pero al iniciar la discusión se aprobó una modificación que presentó la Comisión de Salud.

Cabe señalar que a pesar de la modificación, la ley también prevé que “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en el causal de responsabilidad profesional”.

Asimismo, sostiene que “el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral”.

Las modificaciones a la Ley General de Salud que permitirán a los profesionales de la salud participar o no en prácticas clínicas, como abortos, de acuerdo a su libertad de conciencia fueron criticadas por diputados que integran las bancadas del PRD así como de Morena, quienes aseguraron que de esta manera mujeres, principalmente adolescentes no serán atendidas cuando soliciten la interrupción legal del embarazo por violación, si el médico se niega a otorgarles la atención alegando que su religión se lo prohíbe.

El dictamen se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.

Fuente: yoinfluyo.com