InicioPunto de MiraSíndrome de alienación parental - Así es el Derecho

Síndrome de alienación parental – Así es el Derecho

A partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos el sistema jurídico mexicano adquirió un corte netamente garantista y de protección a los derechos humanos, a través de la incorporación de principios como el pro persona, la interpretación conforme y el interés superior de la niñez consagrado en el artículo 4º constitucional.

De esta forma el Estado vela por el interés superior de la niñez garantizando en cada una de sus decisiones y actuaciones, de manera plena los derechos de los niños, tanto los contenidos de manera enunciativa en nuestra Constitución como los establecidos en instrumentos internacionales de los cuales México es parte, como la Convención sobre los derechos del niño.

En dicho instrumento se reconocen como prerrogativas propias de un menor de edad entre otras: la preservación de su identidad así como de las relaciones familiares; no ser separado de sus padres y en caso de estar separado de uno o de ambos, mantener relaciones personales con contacto directo de modo regular con ellos; además de estar en condiciones de formarse un juicio propio y de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afecten.

Todos estos derechos son vulnerados través de la Alienación Parental, que se traduce en actos de manipulación efectuados por padre o madre, para conseguir que su hijo tema o rechace injustificadamente al progenitor que no tiene la custodia legal. Pues si bien, es posible que en una separación el niño involucrado tome partido por alguno de sus padres, lo grave acontece cuando esto sucede por inducción de uno de ellos y consigue originar en el infante el Síndrome de Alienación Parental (SAP), es decir conductas de rechazo e insultos injustificados y permanentes hacia uno de sus padres con la consecuente destrucción del vínculo filial.

El SAP ocasiona consecuencias presentes y futuras, sobre todo a la salud mental de sus víctimas, diversos psicólogos consideran que el adulto que sufrió SAP suele presentar sentimientos de culpa incontrolable que pueden orillarlo al alcoholismo, la drogadicción, o en casos extremos al suicidio.

Tomando en consideración que la Alineación Parental vulnera los derechos y la salud mental del hijo involucrado y viola el derecho humano de la vida familiar del progenitor alienado, desde dos mil catorce en nuestra ciudad dicha conducta es considerada violencia familiar, lo cual conlleva la suspensión de la patria potestad, de la custodia y del régimen de visitas, así como diversas consecuencias penales, pues quien lo cometa puede recibir de uno a seis años de prisión y perder los derechos que tiene respecto a la víctima.

Es necesario considerar que las conductas que pretenden crear odio o rechazo hacia un progenitor puede venir también de otros parientes, no necesariamente del padre o la madre, por ello nuestra legislación contempla que el integrante de la familia que transforma la conciencia de un menor con el objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con uno de sus progenitores, comete violencia familiar, la cual se denomina Alienación Parental cuando la realiza uno de los padres.

En la identificación del Síndrome de Alienación Parental juegan un papel de suma importancia los jueces de lo Familiar, pues a través de las entrevistas que tienen con los menores involucrados en los juicios de su conocimiento, con el apoyo de los psicólogos del Instituto de Ciencias Forenses, pueden identificar a quienes sufren SAP y asegurarse de que obtengan el tratamiento pertinente.

Lo anterior porque los menores son en demasía perjudicados con esas conductas, tal como lo ha ilustrado la Fundación «Custodia Compartida México, A.C.», pues los niños callan ante su tutor cuestiones tales como «¿Quién puede decirle a mi mamá que me duele cuando habla mal de mi papá?», «¿Cuánto tiene que pagar de pensión mi papá para volver a verlo?», «¿Cómo le explico a mi papá que también amo a mi mamá?», «Hermano: ¿Cuánto dinero dicen que le hace falta a mi papá para que nos pueda ver?», «Hermana: No llores! Entre los dos le decimos a mi papá que amamos a mi mamá», «Papá: ¿Por qué me ‘divorciaste’ de mi mamá? Yo la amo», «Mamá: No quiero más pensión? Quiero abrazar a mi papá», «Papá: No sé que pasó entre ustedes? pero mi mamá y yo nos seguimos amando», «Señor juez: ¿Qué fue lo que hice tan grave para que no me deje dormir con mi mamá?», «Hoy quiero un abrazo de mi mamá,? pero mi papá dice que hoy no me toca».

Los juzgadores solo buscan el bienestar de la niñez, las entrevistas y opiniones vertidas por los niños o adolescentes ante ellos también se realizan en ejercicio de su derecho humano a ser oídos en los procedimientos judiciales que les involucran.

Así es el Derecho.

Fuente: http://www.oem.com.mx/elsoldemexico/notas/n3871208.htm
RELATED ARTICLES

Síguenos en redes

48,314FansMe gusta
16,038SeguidoresSeguir

No te lo pierdas